23/10/2009

Ley de Nacional de Educación, N° 26.206. Art. 90, sobre Educación Cooperativa

El artículo 90, de la Ley de Nacional de Educación, N° 26.206, dice: «El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza, aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley N° 16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar.»

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