15/01/2009

Ley 144 de 10 de agosto de 1995, Ley General de Corporaciones

Dispone que cualquier persona natural o con capacidad jurídica por sí o en unión a otras, podrá incorporar u organizar una corporación mediante la radicación en el Departamento de Estado de un certificado de incorporación que será otorgado, certificado, radicado e inscrito, y que estará sujeto a inspección por el público. Dicha Ley incluye a las Corporaciones sin fines de lucro (art.1.02,Cap.I)

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