09/03/2011

Ley 3/2011, de 4 de marzo, por la que se regula la Sociedad Cooperativa Europea con domicilio en España

Se ha publicado en el BOE la ley por la que se regula la Sociedad Cooperativa Europea con domicilio en España. La Ley permitirá la intensificación de actividades transnacionales a las sociedades cooperativas, y favorecerá la creación de cooperativas europeas con domicilio social en España. Dichas cooperativas se regirán por la normativa del Reglamento de la Sociedad Cooperativa Europea y, en aquello no regulado, por las normas que rigen en España para las cooperativas, bien sea la Estatal como la de las Comunidades Autónomas.

Con esta norma se propicia, en el ámbito del derecho de sociedades, mejorar la situación económica y social en el conjunto de la Unión Europea, reduciendo obstáculos del mercado interior y potenciando el desarrollo entre regiones y Estados miembros a través de la fórmula jurídica cooperativa, sin necesidad de crear otras sociedades mercantiles para desarrollar actividades transfronterizas.

La Sociedad Cooperativa Europea tiene como objetivo principal la satisfacción de las necesidades de sus socios y el desarrollo de sus actividades económicas o sociales respetando los principios cooperativos de participación democrática y distribución equitativa del beneficio.

Recoge disposiciones que determinan la legislación aplicable y régimen de aquella, los supuestos de regularización, el Registro competente en materia de inscripción y publicación de actos, las reglas de traslado y oposición, así como peculiaridades específicas de la legislación cooperativa en relación con los actos de fusión y transformación, medidas concretas de coordinación entre Registros, y la posibilidad de opción de un sistema de administración monista o dual, que se hará constar en sus estatutos.

Publicada el 8 de marzo, la Ley entrará en vigor al mes de su publicación.

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