30/11/2009

Ley del Sector Social de la Economía de Honduras

El Estado hondureño ha venido emitiendo medidas legislativas tendientes a garantizar la participación de los sectores campesinos y obreros, en el desarrollo de actividades económicas de acuerdo con el principio constitucional de justicia social en la distribución de la riqueza y el ingreso nacionales, en que se fundamenta el Sistema Económico de Honduras.

La Ley del Sector Social de la Economía declara de interés público la organización, fomento y desarrollo del Sector Social de la Economía, para contribuir a humanizar el desarrollo económico y social del país, de acuerdo con los principios de eficiencia en la producción, justicia social en la distribución de la riqueza y el ingreso nacional, coexistencia democrática y armónica en las diversas formas de propiedad y empresas en que se sustenta el Sistema Económico de Honduras, de acuerdo con la Constitución de la República.

Define el Sector Social de la Economía como el conjunto de empresas y organizaciones formadas por trabajadores que sostienen la primacía del trabajo, optan por la propiedad social de los medios de producción y establecen que el excedente generado es un medio para elevar el nivel de vida de sus miembros. El Sector Social de la Economía se fundamenta en los principios de libertad, democracia económica, justicia, solidaridad, autogestión, participación y pluralismo.

Según la ley, el Sector Social de la Economía estará integrado por las asociaciones cooperativas, empresas asociativas de campesinos, empresas cooperativas agroindustriales, y en general, por todas aquellas empresas constituidas exclusivamente por trabajadores que, de acuerdo con las leyes, se dediquen a la producción, industrialización, comercialización, prestación de servicios y otras actividades económicas, que sean de beneficio común de sus asociados y contribuyan al desarrollo económico y social del país.

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