31/07/2020

OPINIÓN: Polémicas en la implementación de una herramienta para reportar el balance social en Colombia

Por: Juan Fernando Álvarez

Mediante la Circular Externa No. 09 del 21 de febrero de 2020 la Superintendencia de la Economía Solidaria buscó la implementación de una herramienta para la presentación de informes de balance social y lo que ha denominado beneficio solidario. Esta herramienta es fruto de un convenio de cooperación técnica con la organización DGRV bajo el cual se buscó un mecanismo de medición ajustado a las características propias del sector solidario.

Según esta Circular “las organizaciones de la economía solidaria vigiladas, deberán presentar a sus asambleas los resultados obtenidos en la herramienta construida por esta Superintendencia para medir el balance social”. Se planeó que el primer reporte correspondería al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y debería presentarse en una aplicativo de la Superintendencia hasta el mes de julio de 2020 so pena de sanciones administrativas.

Posteriormente la propia Superintendencia emitió otra Circular (la externa No.16 del 15 de julio de 2020) donde suspende la aplicabilidad de la Circular Externa No.09 de 2020, dadas las medidas especiales por la pandemia del COVID-19. La emisión de esta última circular trajo al sector cooperativo multiplicidad de interpretaciones críticas sobre la obligatoriedad de la disposición, la forma impositiva como se presenta y en algunos casos manifestaciones de perplejidad por la poca citación de esfuerzos previos realizados por gremios y académicos en la herramienta dispuesta y la poca participación de expertos colombianos con tradición investigativa en la materia.

Tras el desarrollo de varios eventos organizados por la Asociación gremial ASCOOP, organizaciones de la economía social y solidaria y, algunos expertos, han mostrado que la herramienta propuesta  es poco flexible a la polivalencia de resultados organizacionales y a la posibilidad de combinar metodologías existentes (como el balance social de la identidad cooperativa, el retorno social de la inversión (SROI), los informes de sostenibilidad como el Global Reporting Initiative o el balance del bien común).  Como propuesta se sugiere la revisión de experiencias de implementación de otros países donde se ha implementado el balance social como Paraguay y Ecuador, la generación acciones graduales de implementación y la generación de un proceso de acompañamiento para su elaboración.

Finalmente, se destaca que la obligatoriedad en la presentación de balances sociales debe venir de acompañada de estímulos fiscales y de mercado en tanto estas herramientas terminan demostrando la internalización de costos sociales por parte de las empresas de economía social y solidaria, los aportes al bien común e incluso las posibles contribuciones a Pactos Globales como los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

La circular junto con los anexos puede descargarse en http://www.supersolidaria.gov.co/es/content/circulares-externas-2020

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